OBSERVACIONES A LOS ACUERDOS ENTRE EL GOBIERNO DE VENEZUELA Y LA EMPRESA CHINA CITIC GROUP

El Observador Minero. Enero, 2014

Con fecha 21-9-2012 el gobierno de Venezuela firmó dos acuerdos con la empresa china CITIC GROUP, uno para exploración y elaboración de un mapa minero del país y el otro para explotación del yacimiento de oro y cobre de Las Cristinas [1]. Para preparar estas observaciones no se dispuso de los acuerdos en sí, sino de declaraciones de prensa y de un documento que parece ser la propuesta para la elaboración del mapa minero [2].

Observaciones preliminares:

Estos acuerdos, aparentemente, no fueron sometidos a consulta ni se llegó a ellos a través de un proceso de  licitación. En años anteriores ya se habían firmado una serie de acuerdos entre Venezuela y China sobre cooperación en el área minera, de los cuales se muestra un listado en el Anexo 1. Se han firmado también acuerdos de este tipo con Cuba e Irán. Todos estos acuerdos deberían revisarse también para determinar el grado de avance de los mismos. Para mejorar estas observaciones es recomendable obtener copia de la versión original de los acuerdos. Las observaciones se presentan por separado para cada acuerdo.

I) ACUERDO PARA ELABORAR EL MAPA MINERO

Los objetivos:

Según declaraciones presentadas a la prensa por el Ministerio de Petróleo y Minería, el objetivo de este acuerdo es el de "fortalecer nuestra base de datos, para una determinación, cuantificación exacta y certificación de todos nuestros minerales metálicos y no metálicos" [3]. Este objetivo no parece tener mucho sentido, en primer lugar por lo costoso que resultaría un programa para alcanzar el grado de reserva-certificada de todos los minerales, en todo el país y además, en el lapso de cinco años y en segundo lugar por la misma dinámica de la industria minera. Lo que ocurre normalmente es que se inicia un proyecto con ciertas reservas y después se continúa la evaluación a medida que avanza la explotación. Es decir, no siempre se certifican las reservas desde el comienzo, es algo que siempre se está haciendo. Las Fases de la Conversión de Recursos a Reservas incluyen el Prospecto de Exploración el cual da origen a la Idea, el Estudio de Diagnóstico el que da origen a la Ingeniería de Perfil, y el Estudio de Prefactibilidad el que da origen a la Ingeniería Conceptual. El Estudio de  Factibilidad cierra el proceso de conversión de los activos mineros y constituye la base sobre la cual se sustentan las gestiones de financiamiento del proyecto. [4]

Los objetivos señalados en la propuesta tienen más sentido, aunque también son cuestionables. El objetivo de "delinear el mapa geológico y dar los primeros pasos para señalar la distribución de recursos minerales y verificar las características geológicas de los yacimientos minerales con potencial de ser explotados" luce innecesario, ya que esto, o ha sido hecho previamente, o pudiera mejorarse fácilmente con información existente, por venezolanos, para lo cual hay muchos capacitados.

Los objetivos de "hacer sugerencias sobre el plan de desarrollo de recursos minerales; marcar el ámbito de la zona mineral y calcular la reserva a través de prospección geológica sobre zonas señaladas y de hacer contribuciones para activar la prospección geológica de recursos minerales, explotación mineral y cadena industrial de fabricación profunda, atraer inversión y estimular desarrollo sostenible de la economía nacional"  igualmente que el anterior, lo pueden hacer venezolanos. No solamente lo pueden hacer, sino que lo deben hacer. Lo señalado en este punto, es parte de lo que constituye la formulación e implementación de la política minera, de otra manera sería ceder soberanía.  

Lo más cercano a lo que debería ser el objetivo del acuerdo se señala posteriormente en la propuesta. Dice lo siguiente (modificado, para mejorar la deficiente redacción original): "En las zonas con posibilidad de mineralización, se realizarán cálculos de reserva mineral mediante investigación geológica general, geología de superficie, control sobre el proyecto de perforación y explotación. Para las zonas minerales con más potencial, se harán evaluaciones resumidas de factibilidad, y se entregarán informes de prospección geológica, proponiendo las zonas disponibles para efectuar prospecciones geológicas adicionales". No se dan más detalles ni se indica que normas se utilizarán para clasificar las reservas. Da la impresión de que se tratara más bien de cuantificación de recursos medidos y no de reservas probadas (ver Anexo 2, sobre normas para clasificación de reservas).

El costo:

Aunque no se contó con una versión del acuerdo, ni la propuesta incluye un estimado del costo de los trabajos que se realizarían, una idea de los montos que se  están manejando, al menos en la fase inicial, se puede tener, a través de una publicación de  prensa aparecida el día 24 de septiembre de 2013 en el diario El Universal, de Caracas,  sobre los Acuerdos de la Comisión  Mixta de Alto Nivel Venezuela-China [5]. El punto 10 de dichos acuerdos se refiere al "MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE PDVSA, BANCO DE DESARROLLO DE CHINA, BANCO DE CHINA Y CITIC CONSTRUCCION", cuyo objeto es: "Iniciar estudios para el financiamiento por parte de CITIC y del Banco de Desarrollo de China por un monto de 691 millones de dólares, para el desarrollo del proyecto de mapa minero de Venezuela y la ingeniería y estudio de factibilidad para el desarrollo de las minas Las Cristinas".

Otras observaciones:

En la forma como se plantea la propuesta se delega de una manera exagerada en la empresa Citic, la realización de este tipo de estudios, que son estratégicos para la nación. Este tipo de programas, en todos los países, es normalmente manejado por instituciones y profesionales nacionales. Cuando es necesario, se contratan asesorías extranjeras puntuales, para no ceder soberanía.

Acciones como las que se proponen en este acuerdo pueden justificarse, para tratar de sacar al sector minero del estancamiento en que se encuentra. Sin embargo, es pertinente hacer la observación siguiente: Aunque la Ley de Minas pudiera mejorarse (se sugiere revisar las Observaciones de la Sociedad Venezolana de Ingenieros de Minas y Metalúrgicos (SVIMM) sobre el Proyecto de Ley de1999 y las Conclusiones del Foro Minero promovido por la UDO sobre el Proyecto de Ley de 2006), es la política minera que se ha venido aplicando, sobre todo en los últimos años, la que podría estar causando los principales inconvenientes. Principalmente, en el caso del oro, la promulgación del Decreto No. 8.413 en 2011 [6], que reserva al Estado las actividades de exploración y explotación, así como las conexas y auxiliares de esta, obligando a las empresas a migrar a empresas mixtas con mayoría estatal.  También, se elimina, según ese decreto, la figura de la concesión minera como derecho sólido, cambiándose por el de asignación. Se limita además de manera significativa, según la Resolución 09-06-03 del BCV de 2009 [7], la posibilidad de comercializar libremente el oro. Todo esto, además de inhibir la participación de las empresas y por ende la inversión, ha venido a agravar la situación de ilegalidad que ya existía.

La minería en Venezuela no se ha desarrollado por falta de información sino más bien por falta de políticas adecuadas. En  el país existe suficiente información geológica y profesionales vinculados a las ciencias de la tierra y a la industria minero-metalúrgica, con experiencia, como para formular una política minera que se adecue a las características propias de la industria minera según su escala y definir un plan de acción con objetivos específicos para el corto, mediano y largo plazo, que cumpla con la normativa ambiental y esté en armonía con los planes nacionales de desarrollo.

Algunas sugerencias:

Antes de iniciar cualquier programa como el que se plantea en el acuerdo, es conveniente definir las normas que se utilizarán para clasificar recursos-reservas. Se recomienda revisar: a) Código para la Certificación de Prospectos de Exploración, Recursos y Reservas Mineras del Instituto de Ingenieros de Minas de Chile [8]; b)  Evolución de recursos-reservas de cobre, molibdeno, oro y otros en chile, Servicio Nacional de Geología y Minería de Chile [9] y c) Código de Estándares de Reporte para Informar sobre Recursos Minerales y Reservas de Mena  de la Bolsa de Valores de Lima [10]  (Ver Anexo 2 sobre clasificación de recursos-reservas).

Los recursos que se requieren para ejecutar el convenio con CITIC  podrían ser aprovechados de otras maneras, por ejemplo:

  1. Mantener un programa continuo relacionado con la exploración geológica en el país, que incluya la evaluación y actualización de la información sobre recursos-reservas, manejado por venezolanos con asesorías puntuales extranjeras.
  2. Retomar algunos programas y proyectos que han sido descontinuados, entre los que se encuentran:
    1. Desarrollo de un sistema de información minero automatizado, accesible al público;
    2. Estudios de oferta y demanda por mineral y por sector industrial;
    3. Programa de ordenación de la actividad minera en coordinación con el Ministerio del Ambiente;

(Ver comentarios y detalles sobre estos puntos en Anexo 3)

  1. Crear un fondo de financiamiento para la pequeña y mediana minería;
  2. Crear un programa de   asistencia técnica para la pequeña minería;
  3. Mejorar el sistema de laboratorios para análisis de minerales.

 

Observación final sobre el acuerdo de exploración:

En Venezuela existe suficiente información geológica, generada a lo largo de décadas de estudios. Esta información se puede aprovechar para seleccionar áreas favorables para la minería que se incluyan dentro de los planes de ordenación territorial y se promuevan de alguna manera, o según sea el caso, se liciten para su desarrollo, con normas ambientales claramente definidas. Esto, por supuesto, habría que hacerlo en conjunción con la aplicación de una política que se adecue a las características de la industria minera según su escala, en un ambiente de seguridad política y jurídica. Si a esto se agregan buenos sistemas informáticos (cartografía geológica, catastro minero, procedimientos administrativos, etc.), e incentivos a la inversión, se lograría que se vayan generando prospectos y proyectos factibles económicamente, que sirvan de apoyo a los planes nacionales de desarrollo y a su vez ejerzan un efecto multiplicador para exploraciones adicionales y el impulso de cadenas productivas e industrias conexas. En todo esto es también indispensable separar el rol que deben desempeñar el estado y los particulares, incluida la participación nacional privada, técnica y financiera. (Ver Anexo 4 sobre características de la industria minera).

 

II) ACUERDO PARA EXPLOTACIÓN DEL YACIMIENTO DE ORO Y COBRE DE LAS CRISTINAS

El 27-7-2012 la presidencia de la República informó que se había firmado con la empresa china CITIC GROUP, además del acuerdo para exploración, un acuerdo para comenzar el proyecto de explotación de oro y de cobre de Las Cristinas. A esta situación se ha llegado después de años de problemas jurídicos, vaivenes, incertidumbre e indecisiones. Las últimas empresas involucradas en decisiones relacionadas con las concesiones Las Cristinas fueron Placer Dome, Minca y Crystalex. Placer Dome abandonó el proyecto en el año 2001, después de varios años de estudios e inversiones, debido al bajo precio del oro en ese momento. A Minca se le rescindió el contrato en 2003. Igualmente a Crystalex en 2008, por haberse mantenido demasiado tiempo sin iniciar la explotación. Crystalex alegó que nunca le fueron otorgados los permisos ambientales.

En el caso del acuerdo firmado con CITIC siguen quedando una serie de interrogantes, por ejemplo: No se ha dicho nada sobre la extensión del área asignada. Tampoco se ha dicho si incluye el área de la concesión Brisas del Cuyuni, donde se formuló el proyecto Brisas y que forma parte del mismo yacimiento. O si el área de Brisas se trataría por separado. Tampoco se dijo si se van a aprovechar los proyectos ya elaborados por Crystalex en Las Cristinas y por Gold Reserve Inc (GRI) en Brisas, que estaban por iniciar la fase de construcción, o se van a rehacer, o si se va a realizar el proyecto combinado, que incluya el área de Brisas, una vez propuesto por GRI, lo cual permitiría aprovechar mucho más eficientemente las reservas de todo el yacimiento.

Descripción resumida de los proyectos:

Las concesiones se encuentran en el "Kilómetro 88" Distrito Minero del Estado Bolívar, en el sureste de Venezuela. La estructura mineralizada abarca parte de la concesión Brisas y parte de las concesiones Cristinas 4 y 5. Ver Figura 1. 

Figura 1. Derechos mineros y ubicación de la estructura mineralizada.

                                        

Fuente: Gold Reserve Inc.

Proyecto Las Cristinas. El proyecto se formuló para explotar la parte del yacimiento que se encuentra entre las concesiones Las Cristinas 4 y 5 [11]. El  proyecto elaborado por SNC Lavalin para Crystalex en 2003, contempla la explotación convencional a cielo abierto del yacimiento, incluido el manejo ambiental. En ese momento se  estimaron reservas medidas en el orden de algo más de 10 millones de onzas de oro y medidas, indicadas e inferidas,  en el orden de 18 millones de onzas de oro, que pueden ser incrementadas. La planta, de carbón en lixiviación, tendría una capacidad de procesamiento de 20 mil toneladas diarias. La vida del proyecto, a ese ritmo de producción, sería de más de 30 años, por lo que posteriormente se habló de duplicar la capacidad de la planta para reducir la vida de la mina a menos de 20 años, para no sobrepasar el tiempo de vigencia de las concesiones. Este proyecto, fue suspendido en el año 2008, cuando estaba por iniciarse la fase de construcción, debido a la negativa de las autoridades de otorgar los permisos ambientales.

Proyecto Brisas. Este proyecto fue formulado para explotar la parte del yacimiento que se encuentra en la concesión de aluvión denominada Brisas del  Cuyuni, colindante con Las Cristinas [12]. Antes de la adquisición de la concesión por Gold Reserve Inc. (GRI) en 1992, los concesionarios anteriores y mineros ilegales explotaron el área utilizando métodos de pequeña minería. Usaron excavaciones superficiales y métodos hidráulicos para extraer la zona superior de la saprolita y recuperaron el oro grueso por concentración gravimétrica. Al adquirir GRI la concesión, se adelantó un programa de perforaciones para exploración, el cual condujo a la definición de un gran yacimiento de oro y cobre y la posterior solicitud de la concesión de veta, denominada Unicornio, sobre la misma área de la concesión Brisas del Cuyuni. Para el desarrollo de la infraestructura requerida por el proyecto se adquirieron además otros derechos mineros, aledaños o cercanos a la concesión Brisas. Finalmente se formuló un proyecto para explotación a cielo abierto del yacimiento, incluidos los estudios ambientales (Ver plano que muestra el emplazamiento de la infraestructura en Anexo 5). En total se  evaluaron reservas por un total de más de 10 millones de onzas de oro y más de 1 Mil millones de libras de cobre. Pudiéndose incrementar aún más estas reservas. El proyecto llegó hasta la ingeniería de detalle. Fue suspendido en el año 2008, cuando estaba por iniciarse la fase de construcción, debido a la revocatoria de los permisos ambientales. La fase de construcción duraría unos 3 años con una vida útil de la mina de 16 años (extendible). Se generarían unos 2 mil empleos en la fase de construcción y unos 900 en la fase de operación. Participarían además empresas consultoras y operadoras nacionales, tanto en la fase de construcción como de operación. La planta, de cianuración, tendría una capacidad de procesamiento de 70 mil toneladas diarias y una producción anual de unas 500 mil onzas de oro y 60 millones de libras de cobre. En la elaboración del proyecto participaron, además de GRI, entre otras, las empresas, Pincock, Allen & Holt (PAH), SNC Lavalin, Marston and Marston, Aker Kvaerner, así como un grupo de consultores nacionales, que contribuyeron en la realización de los estudios, su revisión y elaboración de las versiones en idioma  español.

El Proyecto combinado. La combinación de las áreas de Brisas y Las Cristinas, en un solo proyecto de mayor tamaño, resultaría ventajoso para ambos proyectos. Este concepto elimina la duplicación de las instalaciones de infraestructura y personal. Además, el proyecto de mayor tamaño permitiría, por economías de escala, un menor costo por onza de producción de oro. El yacimiento en cuestión, es una amplia zona mineralizada de oro y cobre, contenida dentro de los cinturones de rocas verdes del precámbrico, existentes en el escudo de Guayana. El yacimiento se extiende a través de las concesiones  Brisas y Las Cristinas. La mineralización definida mide 5,0 km de largo y 0,75 km de ancho. La mineralización continúa hacia abajo por inmersión y el depósito sigue abierto a la expansión en varias áreas. Se han estimado, en el área combinada, un total de reservas en el orden de 30 millones de onzas de oro y más de 2 mil millones de libras de cobre. El área entre Las Cristinas y Brisas requeriría perforación adicional para probar las reservas allí contenidas. Se prevé un diseño de planta con una capacidad de 150.000 toneladas por día o 54 millones de toneladas por año para el proyecto.

Comentarios adicionales sobre los proyectos Las Cristinas y Brisas:

Es bueno destacar que, los permisos ambientales, es decir,  la Autorización de Ocupación del Territorio (AOT) y la Autorización para la Afectación de los Recursos Naturales (AARN) de acuerdo a lo establecido a la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio (1983), fueron negados a Las Cristinas y revocados a Brisas en 2008, por razones ambientales. Se argumentó en esa oportunidad que el impacto socioeconómico, ambiental y socio cultural que supone el desarrollo de los mismos, por tratarse de minería a cielo abierto, método altamente degradante, no era compatible con la vocación forestal de la zona [13]. Sin embargo posteriormente, se acuerda con la empresa china CITIC la explotación del yacimiento de Las Cristinas, la cual causaría, en todo caso, un impacto igual o similar, lo cual es una contradicción.

En el convenio para explotación de Las Cristinas es importante saber, además de la extensión del área asignada, como se señaló antes, que tipo de figura jurídica se utilizó para otorgar los derechos mineros sobre esas áreas. ¿Fueron concesiones de acuerdo a la Ley de Minas de 1999, o simplemente asignaciones de acuerdo al Decreto 8.413 de 2011? No es lo mismo una concesión que una asignación, sobre todo a la hora de sustentar una solicitud de financiamiento.

Observación final sobre el Acuerdo para explotar Las Cristinas. El nuevo desarrollo que se promueva en estas áreas debería contar con participación nacional, ya sea a través de profesionales de diferentes especialidades y empresas consultoras y operadoras, para lo cual debería haber una acción gremial efectiva (Colegio de Ingenieros como mínimo) para lograr dicho objetivo y el acatamiento de las respectivas leyes de ejercicio profesional. Es de hacer notar que el proyecto Brisas contó para su elaboración con consultores nacionales y estaba prevista la participación de empresas consultoras y operadoras nacionales en las fases de construcción y operación del mismo.

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ANEXOS

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REFERENCIAS:

[6] DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGANICA QUE RESERVA AL ESTADO LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACION Y EXPLOTACION DEL ORO, ASI COMO LAS CONEXAS Y AUXILIARES A ESTAS.https://www.cpzulia.org/ARCHIVOS/Decreto_8413_Ley_Organica_Reserva_Estado_Exploracion_Explotacion_del_Oro_16_09_11.pdf  

[7] NORMAS SOBRE EL RÉGIMEN DE COMERCIALIZACIÓN DELORO Y SUS ALEACIONES. https://www.tsj.gov.ve/gaceta/junio/160609/160609-39201-34.html

[8] MINISTERIO DE MINERÍA - INSTITUTO DE INGENIEROS DE MINAS DE CHILE. CODIGO PARA LA CERTIFICACION DE PROSPECTOS DE EXPLORACION,      RECURSOS Y RESERVAS MINERAS  https://www.crirsco.com/chico_espanol.pdf

[9] SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA DE CHILE. EVOLUCIÓN DE RECURSOS-RESERVAS DE COBRE, MOLIBDENO, ORO Y OTROS EN CHILE. https://www.sernageomin.cl/pdf/geologia_/Reservas2009.pdf

[10] BOLSA DE VALORES DE LIMA. CODIGO DE ESTANDARES DE REPORTE PARA INFORMAR SOBRE RECURSOS MINERALES Y RESERVAS DE MENA. https://www.bvl.com.pe/Juniors/Codigo%20de%20Estandares%20de%20Reporte%20para%20publicar.pdf

 

 

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